sábado, 4 de diciembre de 2010

Informe final


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA
 EDUCACION UNIVERSITARIA
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA DEL ESTADO BOLIVAR
PROGRAMA NACIONAL DE FORMACION EN INFORMATICA
PROYECTO SOCIO-TECNOLOGICO I
TRAYECTO I  TRIMESTRE II



INFORME FINAL DEL TRIMESTRE




INVESTIGADORES:              GRUPO N°:01       SECCION: II-INF.1M
Cermeño, Julian                 21.262.725              
Rivas, Isneidis                     23.496.247                
Rodríguez, Ana                   23.552.140              
Osío, Daniela                       23.496.542   
Valdez, Fátima                    26.499.854              

CIUDAD BOLIVAR, NOVIEMBRE 2010
IDENTIFICACION DEL PROYECTO

TITULO DEL PROYECTO SOCIO-TECNOLOGICO I:
“Alfabetización Tecnológicamente a usuarias y usuarios del MEGAINFOCENTRO del IPASME de Ciudad Bolívar – Estado Bolívar”
INVESTIGADORES:
BACHILLERES:                   C.I.                 CORREO ELECTRONICO:
Cermeño, Julian                 21.262.725              julian_italy@hotmail.com
Rivas, Isneidis                     23.496.247               Isneidis_23@hotmail.com
Rodríguez, Ana                   23.552.140               ana-rc92@hotmail.com
Osío, Daniela                       23.496.542            judaruos_2930@hotmail.com
Valdez, Fátima                    26.499.854               Mabel.1992@hotmail.com

SECCION: II-INF.1M             TURNO: MAÑANA               GRUPO N°:01


TUTORES DEL PROYECTO:

TUTORA ACADEMICA: MSc CARMEN DIAZ

TUTOR TECNICO: LIC. DEY RODRIGUEZ

TUTORA INSTITUCIONAL: YULIS RIVAS

ASITENTE TECNICO: Br. ISMARI GIL
INSTITUCION O COMUNIDAD BENEFICIADA: MEGAINFOCENTRO del IPASME de Ciudad Bolívar – Estado Bolívar

UBICACIÓN GEOGRAFICA:
PARROQUIA: CATEDRAL          

MUNICIPIO: HERES

LOCALIDAD: CIUDAD BOLIVAR

ESTADO: BOLIVAR















IDENTIFICACION DEL PROBLEMA

¿DONDE OCURRE EL PROBLEMA?
En el MEGAINFOCENTRO del IPASME de Ciudad Bolívar – Estado Bolívar
PROBLEMAS
POTENCIALIDADES

Desconocen la existencia del Software Libre


La comunidad presenta interés por conocer de este innovador software libre

La poca asistencia por parte de los usuarios del MEGAINFOCENTRO del IPASME de Ciudad Bolívar – Estado Bolívar.


El MEGAINFOCENTRO se ubica en un lugar estratégico, de esta manera podemos aumentar la asistencia del mismo con invitaciones, para asi lograr la alfabetización tecnológica a la mayor cantidad de usuarios posibles.



3 equipos dañados de tal manera que solo funcionan 13


La mayoría de los equipos se encuentran en buen funcionamiento, por esto el MEGAINFOCENTRO del IPASME sigue siendo de gran utilidad para las comunidades adyacentes.

JERARQUIZACION DEL PROBLEMA.
1.- Desconocen la existencia del Software Libre.

2.- La poca asistencia por parte de los usuarios del MEGAINFOCENTRO del IPASME de Ciudad Bolívar – Estado Bolívar.

3.- La institución presenta 3 equipos dañados de tal manera que solo funcionan 13.
DIAGNOSTICO DE LA INSTITUCION O COMUNIDAD

FORTALEZAS
OPORTUNIDADES
DEBILIDADES
AMENAZAS

Los participantes del diagnostico presentan gran interés por conocer y aprender el uso del software libre.



Estos participantes viven en las comunidades adyacentes del MEGAINFOCENTRO, así que podrán asistir sin utilizar ningún transporte en particular.

La Institución cuenta con un limitante de encargados de tal manera que cuando se les presenta algún problema no abren las instalaciones del
MEGA-
INFOCENTRO

El desanimo y la fatiga por parte de los participantes pueda convertirse en un factor negativo para que den todo de si al momento de la alfabetización tecnológica.

Contamos con la mayoría de los equipos, los cuales se encuentran en buenas condiciones para realizar la alfabetización tecnológica de la mejor manera.



Todas cuentan Software Libre de tal manera que el uso por parte de los usuarios de este sistema será más fácil.

Lamentablemente no tenemos todos los equipos en funcionamiento debido a fallas de software y hardware en algunos de ellos.

Esperamos que ninguno de los equipos que funcionan presenten fallas durante la alfabetización tecnológica

OBJETIVOS DEL PROYECTO
OBJETIVO GENERAL:
Alfabetizar Tecnológicamente a usuarias y usuarios  del MEGAINFOCENTRO del IPASME de Ciudad Bolívar – Estado Bolívar.
OBJETIVOS ESPECIFICOS:
1.- Estudiar el nivel de saberes de la comunidad acerca de la informática y la telemática, aplicando un diagnostico.
2.- Alfabetizar tecnológicamente a la comunidad en operaciones básicas del computador en software libre (UBUNTU, DEBIAN).
3.- Desarrollar habilidades en la ofimática en los usuarios y usuarias del MEGAINFOCENTRO DEL IPASME DE CIUDAD BOLÍVAR – ESTADO BOLÍVAR.
4.- Incentivar a la comunidad al uso del innovador software libre (CANAIMA) para que los logros del país puedan ser reconocidos por el país.
5.- Obtener una comunidad alfabetizada en la rama de la informática y la telemática.

FUNDAMENTACION TEORICA DEL PROYECTO

INFOCENTRO.

1)    ¿Qué es un INFOCENTRO?

Son espacios de encuentro comunitario para el ejercicio de la democracia participativa donde, con el apoyo de las Tecnologías de Información y Comunicación, se impulsa la organización social y se promueve la apropiación del conocimiento a través de un proceso de formación e intercambio de saberes y conocimientos entre los diferentes actores sociales que hacen vida en la comunidad. Un infocentro es un espacio sociotecnológico para fortalecer el Poder Popular, su énfasis está en la comunidad, no en las tecnologías. 

2)    ¿Qué puedes hacer en un INFOCENTRO?
La meta es que los sectores populares se apropien de las tecnologías. De allí, los infocentros son espacios para: 

* La alfabetización tecnológica
* La generación de poyectos socioproductivos
* La navegación en Internet
* La investigación en línea
* La realización de talleres para el uso de herramientas computacionales que permitan la generación de contenidos (periódicos comunitarios y páginas web, entre otros)
* La interacción en línea con instituciones del Estado (Seniat, Onidex y Seguro Social, entre otros)
* La transcripción de documentos
* La formación en diferentes áreas con el uso de software libre

¿Qué esperamos del Infocentro?

·         Que contribuya a formar ciudadanos:
·         Capaces de generar, buscar, transmitir y desear el conocimiento.
·         Que fortalezcan sus valores.
·         Capaces de trabajar en ambientes colaborativos que estimulen la capacidad de asombro y resolución de problemas.
·         Comprometidos con su ambiente.
·         Desarrollo de las capacidades de comunicación de las comunidades.
·         Contribuir a generar nuevos agentes transformadores para los cambios positivos de la sociedad.
·         Evitar la amenaza de la marginalidad tecnológica que acecha a las sociedades en desarrollo.

Servicios

·         Buscador Temático, Informe Efemérides, Personajes, Biográfica, Gacetas Oficiales, Eureka y el Catálogo Público en Línea de la Biblioteca Nacional.
·         Servicio de correo, gopher, WWW, telnet, ftp.
·         Servicios de educación.
·         Servicios de investigación.
·         Servicios de gobierno electrónico.
·         Accesos de información organizada.
·         Oportunidades de realizar comercio electrónico.
·         Navegación en Internet.
·         Lectura multimedia
·         Acceso a redes de conocimiento y sus servicios: educación, salud, comercio, ciencia y tecnología.

3)    PROYECTO INFOCENTRO
En el año 2007 se crea la Fundación Infocentro instituida por Decreto Presidencial No. 5.263, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 38.648 de fecha 20 de Marzo de 2007.

-       ¿Qué se quiere?
Fortalecer el poder popular, y para ello lograr la inclusión de amplios sectores de la población en el uso de las tecnologías de información y comunicación, su apropiación y aprovechamiento por las comunidades y las redes sociales que respondan a las necesidades locales, regionales y nacionales, conformando redes sociales de cooperación información y saberes, y su uso en el fortalecimiento de las relaciones y valores que apoyen el nuevo modelo socialista de país. De esta forma esperamos ser testigos de la explosión del Poder Comunal apalancada en los Infocentros autogestionados como núcleo aglutinador de las actividades comunitarias en los sectores populares del país. 

-       ¿Qué se hace Este proyecto?
Fortalecer el desarrollo de las potencialidades locales, las redes sociales y el poder popular. Para ello facilitamos el proceso de apropiación de las tecnologías de información y comunicación por parte de los sectores populares, mediante la consolidación de espacios tecnológicos comunitarios que faciliten la construcción colectiva y transferencia de saberes y conocimiento, las relaciones de colaboración y de coordinación, la generación de redes y la  comunicación popular, para hacer de esta plataforma tecnológica una herramienta para la solución de problemas y de transformación de la realidad.

-       OBJETIVO DE ESTE PROYECTO
El objetivo del Proyecto Infocentro es, entonces, consolidar espacios comunitarios cimentados en las tecnologías de información y comunicación, para afianzar la organización y la articulación de las organizaciones sociales, en el proceso de fortalecimiento del poder para el pueblo y de la construcción del socialismo.
-       EL REIMPULSO DEL PROYECTO INFOCENTRO
En febrero 2010 en el marco del reimpulso del proyecto Infocentro, se inicia una nueva etapa signada por la transferencia de la gestión de los infocentros a las comunidades organizadas. En el decálogo del reimpulso, se describen las principales lineas:
1. Fortaleciendo el poder popular mediante la transferencia de infocentros a las organizaciones comunitarias
2. Apoyando la organización comunitaria con nuevas herramientas tecnológicas
3. Los nuevos procesos de formación socio tecnológica
4. El apoyo a las unidades productivas socialistas
5. Consolidación de brigadas comunicacionales mediante el ejercicio de la comunicación popular
6. Facilitando la apropiación social de las TIC por parte de los sectores populares.
7. Fortaleciendo la plataforma de infomoviles.
8. El facilitador como sujeto político que sirve a la comunidad.
9. Divulgación de procesos y productos mediante la sistematización de ecxperiencias.
10. Infocentros, espacios para la seguridad y defensa del pais.

SOFTWARE LIBRE
REALIDAD DEL SOFTWARE LIBRE
El software libre (en inglés free software, esta denominación también se confunde a veces con gratis por la ambigüedad del término en el idioma inglés) es la denominación del software que respeta la libertad de los usuarios sobre su producto adquirido y, por tanto, una vez obtenido puede ser usado, copiado, estudiado, cambiado y redistribuido libremente. Según la Free Software Foundation, el software libre se refiere a la libertad de los usuarios para ejecutar, copiar, distribuir, estudiar, modificar el software y distribuirlo modificado.

El software libre suele estar disponible gratuitamente, o al precio de costo de la distribución a través de otros medios; sin embargo no es obligatorio que sea así, por lo tanto no hay que asociar software libre a "software gratuito" (denominado usualmentefreeware), ya que, conservando su carácter de libre, puede ser distribuido comercialmente ("software comercial"). Análogamente, el "software gratis" o "gratuito" incluye en ocasiones el código fuente; no obstante, este tipo de software no es libre en el mismo sentido que el software libre, a menos que se garanticen los derechos de modificación y redistribución de dichas versiones modificadas del programa.

Tampoco debe confundirse software libre con "software de dominio público". Éste último es aquel software que no requiere de licencia, pues sus derechos de explotación son para toda la humanidad, porque pertenece a todos por igual. Cualquiera puede hacer uso de él, siempre con fines legales y consignando su autoría original. Este software sería aquel cuyo autor lo dona a la humanidad o cuyos derechos de autorhan expirado, tras un plazo contado desde la muerte de este, habitualmente 70 años. Si un autor condiciona su uso bajo una licencia, por muy débil que sea, ya no es del dominio público.

LIBERTADES DEL SOFTWARE LIBRE
De acuerdo con tal definición, el software es "libre" si garantiza las siguientes libertades:
Libertad
Descripción
0
la libertad de usar el programa, con cualquier propósito.
1
la libertad de estudiar cómo funciona el programa y modificarlo, adaptándolo a tus necesidades.
2
la libertad de distribuir copias del programa, con lo cual puedes ayudar a tu prójimo.
3
la libertad de mejorar el programa y hacer públicas esas mejoras a los demás, de modo que toda la comunidad se beneficie.
Las libertades 1 y 3 requieren acceso al código fuente porque estudiar y modificar software sin su código fuente es muy poco viable.

Ciertos teóricos usan este cuarto punto (libertad 3) para justificar parcialmente las limitaciones impuestas por la licencia GNU GPL frente a otras licencias de software libre (ver Licencias GPL). Sin embargo el sentido original es más libre, abierto y menos restrictivo que el que le otorga la propia situación de incompatibilidad, que podría ser resuelta en la próxima versión 3.0 de la licencia GNU GPL, causa en estos momentos graves perjuicios a la comunidad de programadores de software libre, que muchas veces no pueden reutilizar o mezclar códigos de dos licencias distintas, pese a que las libertades teóricamente lo deberían permitir.

En el sitio web oficial de Open Source Initiative está la lista completa de las licencias de software libre actualmente aprobadas y tenidas como tales.

El término software no libre se emplea para referirse al software distribuido bajo una licencia de software más restrictiva que no garantiza estas cuatro libertades. Las leyes de la propiedad intelectual reservan la mayoría de los derechos de modificación, duplicación y redistribución para el dueño del copyright; el software dispuesto bajo una licencia de software libre rescinde específicamente la mayoría de estos derechos reservados.

La definición de software libre no contempla el asunto del precio; un eslogan frecuentemente usado es "libre como en libertad, no como en cerveza gratis" o en inglés "Free as in freedom, not as in free beer" (aludiendo a la ambigüedad del término inglés "free"), y es habitual ver a la venta CD de software libre como distribuciones Linux. Sin embargo, en esta situación, el comprador del CD tiene el derecho de copiarlo y redistribuirlo. El software gratis puede incluir restricciones que no se adaptan a la definición de software libre —por ejemplo, puede no incluir el código fuente, puede prohibir explícitamente a los distribuidores recibir una compensación a cambio, etc.

Para evitar la confusión, algunas personas utilizan los términos "libre" (software libre) y "gratis" (software gratis) para evitar la ambigüedad de la palabra inglesa "free". Sin embargo, estos términos alternativos son usados únicamente dentro del movimiento del software libre, aunque están extendiéndose lentamente hacia el resto del mundo. Otros defienden el uso del término open source software (software de código abierto). La principal diferencia entre los términos "open source" y "free software" es que éste último tiene en cuenta los aspectos éticos y filosóficos de la libertad, mientras que el "open source" se basa únicamente en los aspectos técnicos.

En un intento por unir los mencionados términos que se refieren a conceptos semejantes, se está extendiendo el uso de la palabra "FLOSS" con el significado de free/libre and open source software e, indirectamente, también a la comunidad que lo produce y apoya.

VENTAJAS DEL SOFTWARE LIBRE
§  Bajo costo de adquisición: Se trata de un software económico ya que permite un ahorro de grandes cantidades en la adquisición de las licencias.
§  Innovación tecnológica: Esto se debe a que cada usuario puede aportar sus conocimientos y su experiencia y así decidir de manera conjunta hacia donde se debe dirigir la evolución y el desarrollo del software. Este es un gran avance en la tecnología mundial.
§  Independencia del proveedor: Al disponer del código fuente, se garantiza una independencia del proveedor que hace que cada empresa o particular pueda seguir contribuyendo al desarrollo y los servicios del software.
§  Escrutinio público: Esto hace que la corrección de errores y la mejora del producto se lleven a cabo de manera rápida y eficaz por cada uno de los usuarios que lleguen a utilizar el producto.
§  Adaptación del software: Esta cualidad resulta de gran utilidad para empresas e industrias específicas que necesitan un software personalizado para realizar un trabajo específico y con el software libre se puede realizar y con costes mucho más razonables.
§  Lenguas: Aunque el software se cree y salga al mercado en una sola lengua, el hecho de ser software libre facilita en gran medida su traducción y localización para que usuarios de diferentes partes del mundo puedan aprovechar estos beneficios.

IMPACTO DEL SOFTWARE LIBRE
Los impactos del software libre, y las principales nuevas perspectivas que permite, son los siguientes:
§  Aprovechamiento más adecuado de los recursos: Muchas aplicaciones utilizadas o promovidas por las administraciones públicas son también utilizadas por otros sectores de la sociedad.
§  Fomento de la industria local: Una de las mayores ventajas del software libre es la posibilidad de desarrollar industria local de software.
§  Independencia del proveedor: Es obvio que una organización preferirá depender de un mercado en régimen de competencia que de un solo proveedor que puede imponer las condiciones en que proporciona su producto.
§  Adaptación a las necesidades exactas: En el caso del software libre, la adaptación puede hacerse con mucha mayor facilidad, y lo que es más importante, sirviéndose de un mercado con competencia, si hace falta contratarla.
§  Escrutinio público de seguridad: Para una administración pública poder garantizar que sus sistemas informáticos hacen sólo lo que está previsto que hagan es un requisito fundamental y, en muchos estados, un requisito legal.
§  Disponibilidad a largo plazo: Muchos datos que manejan las administraciones y los programas que sirven para calcularlos han de estar disponibles dentro de decenas de años.

FUNDAMENTACION TECNICA DEL PROYECTO

ALFABETIZACION TECNOLOGICA
EN QUE SE APLICA LA ALFABETIZACION TECNOLOGICA
En la actualidad el entorno social, económico y cultural que rodea al ser humano evoluciona de una manera estrepitosa. La revolución de la tecnología informática, ha provocado una transformación radical de las formas de producción, difusión y consumo del conocimiento y la cultura. La aparición de nuevas tecnologías tales como son: La televisión digital y de paga, la introducción de las PC’s en los hogares, el acceso a Internet (red mundial de información), telefonía móvil están provocando nuevas necesidades formativas y de conocimiento en los ciudadanos. Es claro, que las personas de hoy, requieren de nuevas habilidades y conocimientos para poder desarrollarse en el mundo contemporáneo.

CONCEPTO DE ALFABETIZACION TECNOLOGICA
La alfabetización tecnológica es desarrollar los conocimientos y habilidades tanto instrumentales como cognitivas en relación con la información vehículada a través de nuevas tecnologías (manejar el software, buscar información, enviar y recibir correos electrónicos, utilizar los distintos servicios de WWW, etc.), además plantear y desarrollar valores y actitudes de naturaleza social y política con relación a las tecnologías.

Plan Nacional Alfabetización Tecnológica


Es uno de los esfuerzos del Gobierno Bolivariano para darle al Pueblo el poder de utilizar las tecnologías y el conocimiento. Integra las herramientas y plataformas que se han desarrollado como contenidos educativos, Infocentros, centros Bolivarianos de informática y telemática, aldeas universitarias, bibliotecas virtuales, entre otros.
Objetivo

Democratizar y masificar el conocimiento en Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la participación de los más excluidos y su crecimiento personal, se constituye en un proceso educativo liberador, un espacio pedagógico con aplicación de métodos flexibles y la apertura para una educación liberadora, participativa, concientizadora y dialógica.




NACIMIENTO Y VISION DEL PNAT

El Plan Nacional de Alfabetización Tecnológica (Pnat), nace en el marco de la Misión Ciencia y tiene como objetivo central, formar en el uso de las Tecnologías de Comunicación e Información a los sectores populares y comunidades más recónditas del país. A principios de este año, uno de los objetivos trazados, desde los Ministerios del poder popular para la Educación y de Ciencia y Tecnología, será superar el medio millón de alfabetizados. 

El uso de las herramientas ofimáticas, tal como el procesador de palabras, las hojas de cálculo y el uso de internet, forman parte de lo enseñado por las y los facilitadores de cada infocentro a las diversas comunidades para que puedan elaborar sus proyectos, fomentar la organización y potencializarse como individuos en la solución de problemas locales y cotidianos. 

Tecnología para todos
 El Plan Nacional de Alfabetización Tecnológica (PNAT), ha llegado a todos los estados de Venezuela a través de los infocentros y de sus instituciones aliadas, como: la Unellez, Unefa, UBV, UCV, Simón Rodríguez, Rómulo Gallegos, alcaldías y gobernaciones Bolivarianas, además de la Misión Sucre, Fundación Nacional para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología, Fundabit, organismos militares, Centros de Gestión Parroquial y Centros Bolivarianos de Informática y Telemática, quienes día a día han puesto a disposición salas de computación para beneficio del colectivo.
 Durante una entrevista realizada a Josmar García, Coordinadora Nacional de Formación Básica y Plan Nacional de Alfabetización Tecnológica, informó que en el año 2008, las regiones con mayor número de alfabetizados fueron Bolívar, Lara, Zulia y Táchira. Mientras que en los dos primeros meses del año 2009 se logró alcanzar la cifra de 1379 alfabetizados, lo que suma hasta la fecha 482.369 personas con aprendizaje básico en la utilización del computador.

"Anteriormente el PNAT se impartía a través de un curso de iniciación básica del uso del computador, para este año estamos trabajando en el diseño de seis módulos, uno de iniciación y los otros cinco le permitirán a los participantes profundizar en el uso de las herramientas de ofimática, a partir de estrategias pedagógicas para garantizar la apropiación real de lo que se está utilizando, como: hojas de cálculo, la elaboración de presentaciones, el uso de navegadores de internet, de correos electrónicos, chat y foros. Ahora es mucho más amplio, lo que conlleva a alcanzar verdaderamente un plan para la apropiación de estas tecnologías. En el presente se está laborando la segunda fase del PNAT, el cual se lanzará en el transcurso del año y dentro de sus principales cambios contempla la reestructuración de los contenidos formativos".

FUNDAMENTACION LEGAL DEL PROYECTO SOCIO-TECNOLOGICO

CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA     (1999)
Artículo 98. °
La creación cultural es libre. Esta libertad comprende el derecho a la inversión, producción y divulgación de la obra creativa, científica, tecnológica y humanística, incluyendo la protección legal de los derechos del autor o de la autora sobre sus obras. El Estado reconocerá y protegerá la propiedad intelectual sobre las obras científicas, literarias y artísticas, invenciones, innovaciones, denominaciones, patentes, marcas y lemas de acuerdo con las condiciones y excepciones que establezcan la ley y los tratados internacionales suscritos y ratificados por la República en esta materia.
Artículo 102 °
La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La educación es un servicio público y está fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social, consustanciados con los valores de la identidad nacional y con una visión latinoamericana y universal. El Estado, con la participación de las familias y la sociedad, promoverá el proceso de educación ciudadana, de acuerdo con los principios contenidos en esta Constitución y en la ley.
Artículo 108. °
Los medios de comunicación social, públicos y privados, deben contribuir a la formación ciudadana. El Estado garantizará servicios públicos de radio, televisión y redes de bibliotecas y de informática, con el fin de permitir el acceso universal a la información. Los centros educativos deben incorporar el conocimiento y aplicación de las nuevas tecnologías, de sus innovaciones, según los requisitos que establezca la ley.
Artículo 109. °
El Estado reconocerá la autonomía universitaria como principio y jerarquía que permite a los profesores, profesoras, estudiantes, egresados y egresadas de su comunidad dedicarse a la búsqueda del conocimiento a través de la investigación científica, humanística y tecnológica, para beneficio espiritual y material de la Nación. Las universidades autónomas se darán sus normas de gobierno, funcionamiento y la administración eficiente de su patrimonio bajo el control y vigilancia que a tales efectos establezca la ley. Se consagra la autonomía universitaria para planificar, organizar, elaborar y actualizar los programas de investigación, docencia y extensión. Se establece la inviolabilidad del recinto universitario. Las universidades nacionales experimentales alcanzarán su autonomía de conformidad con la ley.

Artículo 110. °
El Estado reconocerá el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios de información necesarios por ser instrumentos fundamentales para el desarrollo económico, social y político del país, así como para la seguridad y soberanía nacional. Para el fomento y desarrollo de esas actividades, el Estado destinará recursos suficientes y creará el sistema nacional de ciencia y tecnología de acuerdo con la ley. El sector privado deberá aportar recursos para las mismas. El Estado garantizará el cumplimiento de los principios éticos y legales que deben regir las actividades de investigación científica, humanística y tecnológica. La ley determinará los modos y medios para dar cumplimiento a esta garantía.
Artículo 124. °
Se garantiza y protege la propiedad intelectual colectiva de los conocimientos, tecnologías e innovaciones de los pueblos indígenas. Toda actividad relacionada con los recursos genéticos y los conocimientos asociados a los mismos perseguirán beneficios colectivos. Se prohíbe el registro de patentes sobre estos recursos y conocimientos ancestrales.




LEY ORGANICA DE EDUCACION ( 2009 )
Artículo 1º: La presente Ley establece las directrices y bases de la educación como proceso integral; determina la orientación, planificación y organización del sistema educativo y norma el funcionamiento de los servicios que tengan relación con éste.

Artículo 2º: La educación es función primordial e indeclinable del Estado, así como derecho permanente e irrenunciable de la persona.

Artículo 3º: La educación tiene como finalidad fundamental el pleno desarrollo de la personalidad y el logro de un hombre sano, culto, crítico y apto para convivir en una sociedad democrática, justa y libre, basada la familia como célula fundamental y en la valorización del trabajo; capaz de participar activa, consciente y solidariamente en los procesos de transformación social; consustanciado con los valores de la identidad nacional y con la comprensión, la tolerancia, la convivencia y las actitudes que favorezcan el fortalecimiento de la paz entre las naciones y los vínculos de integración y solidaridad latinoamericana. La educación fomentará el desarrollo de una conciencia ciudadana para la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, calidad de vida y el uso racional de los recursos naturales; y contribuirá a la formación y capacitación de los equipos humanos necesarios para el desarrollo del país y la promoción de los esfuerzos creadores del pueblo venezolano hacia el logro de su desarrollo integral, autónomo e independiente.

Artículo 27°:
La educación superior tendrá los siguientes objetivos:
1. Continuar el proceso de formación integral del hombre, formar profesionales y especialistas y promover su actualización y mejoramiento conforme a las necesidades del desarrollo nacional y del progreso científico.
2. Fomentar la investigación de nuevos conocimientos e impulsar el progreso de la ciencia, la tecnología, las letras, las artes y demás manifestaciones creadoras del espíritu en beneficio del bienestar del ser humano, de la sociedad y del desarrollo independiente de la nación.
3. Difundir los conocimientos para elevar el nivel cultural y ponerlos al servicio de la sociedad y del desarrollo integral del hombre.

LEY ORGANICA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION
Artículo 1°.
El presente Decreto-Ley tiene por objeto desarrollar los principios orientadores que en materia de ciencia, tecnología e innovación, establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, organizar el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, definir los lineamientos que orientarán las políticas y estrategias para la actividad científica, tecnológica y de innovación, con la implantación de mecanismos institucionales y operativos para la promoción, estímulo y fomento de la investigación científica, la apropiación social del conocimiento y la transferencia e innovación tecnológica, a fin de fomentar la capacidad para la generación, uso y circulación del conocimiento y de impulsar el desarrollo nacional.

Artículo 2°.
Las actividades científicas, tecnológicas y de innovación son de interés público y de interés general.

Artículo 3°.
Forman parte del Sistema Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación, las instituciones públicas o privadas que generen y desarrollen conocimientos científicos y tecnológicos y procesos de innovación, y las personas que se dediquen a la planificación, administración, ejecución y aplicación de actividades que posibiliten la vinculación efectiva entre la ciencia, la tecnología y la sociedad. A tal efecto, forman parte del Sistema:
1. El Ministerio de Ciencia y Tecnología, sus organismos adscritos y las entidades tuteladas por éstos, o aquéllas en las que tengan participación.
2. Las instituciones de educación superior y de formación técnica, academias nacionales, colegios profesionales, sociedades científicas, laboratorios y centros de investigación y desarrollo, tanto público como privado.
3. Los demás organismos públicos y privados que se dediquen al desarrollo, organización, procesamiento, tecnología e información.
4. Los organismos del sector privado, empresas, proveedores de servicios, insumos y bienes de capital, redes de información y asistencia que sean incorporados al Sistema.
5. Las personas que a título individual o colectivo, realicen actividades de ciencia, tecnología e innovación.

Artículo 4°.
 De acuerdo con este Decreto-Ley, las acciones en materia de ciencia, tecnología e innovación estarán dirigidas a:
1. Formular, promover y evaluar planes nacionales que en materia de ciencia, tecnología e innovación, se diseñen para el corto, mediano y largo plazo.
2. Estimular y promover los programas de formación necesarios para el desarrollo científico y tecnológico del país.
3. Establecer programas de incentivos a la actividad de investigación y desarrollo y a la innovación tecnológica.
4. Concertar y ejecutar las políticas de cooperación internacional requeridas para apoyar el desarrollo del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
5. Impulsar el fortalecimiento de una infraestructura adecuada y el equipamiento para servicios de apoyo a las instituciones de investigación y desarrollo y de innovación tecnológica.
6. Estimular la capacidad de innovación tecnológica del sector productivo, empresarial y académico, tanto público como privado.
7. Estimular la creación de fondos de financiamiento a las actividades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
8. Desarrollar programas de valoración de la investigación a fin de facilitar la transferencia e innovación tecnológica.
9. Impulsar el establecimiento de redes nacionales y regionales de cooperación científica y tecnológica.
10. Promover mecanismos para la divulgación, difusión e intercambio de los resultados de investigación y desarrollo y de innovación tecnológica generados en el país.
11. Crear un Sistema Nacional de Información Científica y Tecnológica.
12. Promover la creación de instrumentos jurídicos para optimizar el desarrollo del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
13. Estimular la participación del sector privado, a través de mecanismos que permitan la inversión de recursos financieros para el desarrollo de las actividades científicas, tecnológicas y de innovación. Actividades de ciencia, tecnología e innovación

Artículo 5°.
Las actividades de ciencia, tecnología e innovación y la utilización de los resultados, deben estar encaminadas a contribuir con el bienestar de la humanidad, la reducción de la pobreza, el respeto a la dignidad y los derechos humanos y la preservación del ambiente.
Artículo 22.
El Ministerio de Ciencia y Tecnología coordinará las actividades del Estado que, en el área de tecnologías de información, fueren programadas. Asumirá competencias que en materia de informática, ejercía la Oficina Central de Estadística e Informática, así como las siguientes:
1. Actuar como organismo rector del Ejecutivo Nacional en materia de tecnologías de información.
2. Establecer políticas en torno a la generación de contenidos en la red, de los órganos y entes del Estado.
3. Establecer políticas orientadas a resguardar la inviolabilidad del carácter privado y confidencial de los datos electrónicos obtenidos en el ejercicio de las funciones de los organismos públicos.
4. Fomentar y desarrollar acciones conducentes a la adaptación y asimilación de las tecnologías de información por la sociedad.
Artículo 24°.
El Ministerio de Ciencia y Tecnología creará mecanismos de apoyo, promoción y difusión de invenciones e innovaciones populares, propiciando su transformación en procesos, sistemas o productos que generen beneficios a la población o logren un impacto económico o social.

DECRETO PRESIDENCIAL Nº 3390  (2.004)

Publicado en la Gaceta oficial Nº 38.095 de fecha 28/ 12/ 2004 Decreto N° 3.390

Fecha: 23 de diciembre de 2004

HUGO CHÁVEZ FRÍAS
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 110 y 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 12 y 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública y, 2º, 19 y 22 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, en Consejo de Ministros,
CONSIDERANDO
Que es prioridad del Estado incentivar y fomentar la producción de bienes y servicios para satisfacer las necesidades de la población,


CONSIDERANDO
Que el uso del Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos fortalecerá la industria del software nacional, aumentando y fortaleciendo sus capacidades,
CONSIDERANDO
Que la reducción de la brecha social y tecnológica en el menor tiempo y costo posibles, con calidad de servicio, se facilita con el uso de Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos,
CONSIDERANDO
Que la adopción del Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos en la Administración Pública y en los servicios públicos facilitará la interoperabilidad de los sistemas de información del Estado, contribuyendo a dar respuestas rápidas y oportunas a los ciudadanos, mejorando la gobernabilidad,
CONSIDERANDO
Que el Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, permite mayor participación de los usuarios en el mantenimiento de los niveles de seguridad e interoperatividad,
DECRETA
Artículo 1. La Administración Pública Nacional empleará prioritariamente Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, en sus sistemas, proyectos y servicios informáticos. A tales fines, todos los órganos y entes de la Administración Pública Nacional iniciarán los procesos de migración gradual y progresiva de éstos hacia el Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos.
Artículo 2. A los efectos del presente Decreto se entenderá por:
Software Libre: Programa de computación cuya licencia garantiza al usuario acceso al código fuente del programa y lo autoriza a ejecutarlo con cualquier propósito, modificarlo y redistribuir tanto el programa original como sus modificaciones en las mismas condiciones de licenciamiento acordadas al programa original, sin tener que pagar regalías a los desarrolladores previos.
Estándares Abiertos: Especificaciones técnicas, publicadas y controladas por alguna organización que se encarga de su desarrollo, las cuales han sido aceptadas por la industria, estando a disposición de cualquier usuario para ser implementadas en un software libre u otro, promoviendo la competitividad, interoperatividad o flexibilidad.
Software Propietario: Programa de computación cuya licencia establece restricciones de uso, redistribución o modificación por parte de los usuarios, o requiere de autorización expresa del Licenciador.
Distribución Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos para el Estado Venezolano: Un paquete de programas y aplicaciones de Informática elaborado utilizando Software Libre con Estándares Abiertos para ser utilizados y distribuidos entre distintos usuarios.
Artículo 3. En los casos que no se puedan desarrollar o adquirir aplicaciones en Software Libre bajo Estándares Abiertos, los órganos y entes de la Administración Pública Nacional deberán solicitar ante el Ministerio de Ciencia y Tecnología autorización para adoptar otro tipo de soluciones bajo los normas y criterios establecidos por ese Ministerio.
Artículo 4. El Ministerio de Ciencia y Tecnología, adelantará los programas de capacitación de los funcionarios públicos, en el uso del Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, haciendo especial énfasis en los responsables de las áreas de tecnologías de información y comunicación, paralo cual establecerá con los demás órganos y entes de la Administración Pública Nacional los mecanismos que se requieran.
Artículo 5. El Ejecutivo Nacional fomentará la investigación y desarrollo de software bajo modelo Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, procurando incentivos especiales para desarrolladores.
Artículo 6. El Ejecutivo Nacional fortalecerá el desarrollo de la industria nacional del software, mediante el establecimiento de una red de formación, de servicios especializados en Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos y desarrolladores.
Artículo 7. El Ministerio de Ciencia y Tecnología será responsable de proveer la Distribución Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos para el Estado Venezolano, para lo cual implementará los mecanismos que se requieran.
Artículo 8. El Ejecutivo Nacional promoverá el uso generalizado del Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos en la sociedad, para lo cual desarrollará mecanismos orientados a capacitar e instruir a los usuarios en la utilización del Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos.
Artículo 9. El Ejecutivo Nacional promoverá la cooperación internacional en materia de Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, con especial énfasis en la cooperación regional a través del MERCOSUR, CAN, CARICOM y la cooperación SUR-SUR.
Artículo 10. El Ministerio de Educación y Deportes, en coordinación con el Ministerio de Ciencia y Tecnología, establecerá las políticas para incluir el Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, en los programas de educación básica y diversificada.
Artículo 11. En un plazo no mayor de noventa (90) días continuos, contados a partir de la publicación del presente Decreto en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, el Ministerio de Ciencia y Tecnología deberá presentar ante la Presidencia de la República, los planes y programas que servirán de plataforma para la ejecución progresiva del presente Decreto.
Artículo 12. Cada Ministro en coordinación con la Ministra de Ciencia y Tecnología, en un plazo no mayor de noventa (90) días continuos, contados a partir de la aprobación por parte de la Presidencia de la República de los planes y programas referidos en el artículo anterior, publicará en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela su respectivo plan de implantación progresiva del Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, acogiéndose a los lineamientos contenidos en aquellos, incluyendo estudios de financiamiento e incentivos fiscales a quienes desarrollen Software Libre con Estándares Abiertos destinados a la aplicación de los objetivos previstos en el presente Decreto. Igualmente, las máximas autoridades de sus entes adscritos publicaran a través del Ministerio de adscripción sus respectivos planes.
Los planes de implantación progresiva del Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos de los distintos órganos y entes de la Administración Pública Nacional, deberán ejecutarse en un plazo no mayor de veinticuatro (24) meses, dependiendo de las características propias de sus sistemas de información. Los Ministros mediante Resolución y las máximas autoridades de los entes que le estén adscritos a través de sus respectivos actos, determinarán las fases de ejecución del referido Plan, así como las razones de índole técnico que imposibiliten la implantación progresiva del Software Libre en los casos excepcionales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3 del presente Decreto.
Artículo 13. El Ministerio de Ciencia y Tecnología establecerá dentro de los planes y programas contemplados en el presente Decreto, mecanismos que preserven la identidad y necesidades culturales del país, incluyendo a sus grupos indígenas, para lo cual procurará que los sistemas operativos y aplicaciones que se desarrollen se adecuen a su cultura.
Artículo 14. Todos los Ministros quedan encargados de la ejecución del presente Decreto, bajo la coordinación de la Ministra de Ciencia y Tecnología.
Dado en Caracas, a los días del mes de de dos mil cuatro. Año 194° de la Independencia y 145° de la Federación.
HUGO CHAVEZ FRIAS
Refrendado:
El Vicepresidente de la República
JOSÉ VICENTE RANGEL
Todos los Ministros

FACTIBILIDAD DEL PROYECTO

HUMANA
ECONOMICA
TECNICA
OPERATIVA


















PLAZOS DEL PROYECTO

CORTO
MEDIANO
LARGO

FASE I:
Asignación del proyecto


FASE II:
Visita a los Medios de comunicación



FASE I:
Primera visita a la institución (Abordaje a la Comunidad)


FASE II:
Visita a la Institución

EJECUCION DEL PROYECTO ESPERANDO LOS MEJORES RESULTADOS

FASE I:
Solicitud y aceptación del tutor técnico e Institucional



FASE II:
Diagnostico Participativo



FASE I:
Segunda visita con el tutor técnico a institución

FASE II:
Presentación del Proyecto Final




FASE I:
Presentación Final del Proyecto Socio-Tecnológico I



CALENDARIO DE ACTIVIDADES

FASE
ACTIVIDADES
RESPONSABLES
FECHA


FASE I:
Asignación del proyecto



Asignación de la institución en la cual se ha de realizar el proyecto de cada grupo.




Grupo Nº 01
Tutora Académica:
 MSc. Carmen Díaz



28/05/2010

FASE I:
Primera visita a la institución (Abordaje a la Comunidad)


Visita al MEGAINFOCENTRO del IPASME de Ciudad Bolívar, Estado Bolívar”

Grupo Nº 01
Tutora Académica:
 MSc. Carmen Díaz



01/06/2010

FASE I:
Solicitud y aceptación del tutor técnico e Institucional



Petición de solicitudes a los tutores tanto técnico como institucional y posteriormente su aceptación

Grupo Nº 01
Tutora Académica:
 MSc. Carmen Díaz
Tutor técnico:
Lic. Dey Rodríguez
Tutor Institucional:
Yuli Rivas


07/06/2010

29/06/2010


FASE I:
Segunda visita con el tutor técnico a institución

Visitar al MEGAINFOCENTRO del IPASME de Ciudad Bolívar, Estado Bolívar” en compañía del tutor técnico


Grupo Nº 01
Tutora Académica:
MSc. Carmen Díaz
Tutor técnico:
Lic. Dey Rodríguez
Tutor Institucional:
Yuli Rivas




01/07/2010


FASE I:
Presentación Final del Proyecto Socio-Tecnológico I

Presentación de todas las visitas e informes realizados en el primer trimestre (Fase Diagnostica)

Grupo Nº 01
Tutora Académica:
MSc. Carmen Díaz
Tutor técnico:
Lic. Dey Rodríguez
Tutor Institucional:
Yuli Rivas




20/07/2010






FASE II:
Visita a los Medios de comunicación


Aviso acerca de la reunión para realizar el Diagnostico Participativo a través de: DIARIO EL EXPRESO, EMISORA ONDA Y BOLIVAR VISION

Grupo Nº 01
Tutora Académica:
MSc. Carmen Díaz
Tutor técnico:
Lic. Dey Rodríguez
Tutor Institucional:
Yuli Rivas
Asistente Técnico:
Ismari Gil
COMUNIDAD PARTICIPANTE






29/10/2010



FASE II:
Visita a la Institución


Visita a la institución y comunidades adyacentes para realizar la invitación al diagnostico participativo.


Grupo Nº 01
Tutora Académica:
MSc. Carmen Díaz
Tutor técnico:
Lic. Dey Rodríguez
Tutor Institucional:
Yuli Rivas
Asistente Técnico:
Ismari Gil
COMUNIDAD PARTICIPANTE





01/11/2010

FASE II:
Diagnostico Participativo


Realización de un diagnostico participativo en que se le presentaron  a la comunidad todas las actividades a realizarse en la ejecución de nuestro proyecto.

Grupo Nº 01
Tutora Académica:
MSc. Carmen Díaz
Tutor técnico:
Lic. Dey Rodríguez
Tutor Institucional:
Yuli Rivas
Asistente Técnico:
Ismari Gil
COMUNIDAD
PARTICIPANTE





04/11/2010

FASE II:
Presentación del Proyecto Final


Presentación de todas las visitas e informes realizados en el segundo trimestre (Fase de Planificación)


Grupo Nº 01
Tutora Académica:
MSc. Carmen Díaz
Tutor técnico:
Lic. Dey Rodríguez
Tutor Institucional:
Yuli Rivas
Asistente Técnico:
Ismari Gil
COMUNIDAD
PARTICIPANTE






30/11/2010


CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DE ESTE TRIMESTRE

ACTIVIDADES
FECHAS
OBSERVACIONES

FASE II:
Visita a los Medios de comunicación



29/10/2010


FASE II:
Visita a la Institución



01/11/2010


FASE II:
Diagnostico Participativo



04/11/2010


FASE II:
Presentación del Proyecto Final



30/11/2010





RECURSOS DEL PROYECTO
TECNICOS
MATERIALES
HUMANOS

-. COMPUTADORAS

-. PENDRIVES

-. VIDEO BEAM



-. MATERIAL DE ALFABETIZACION (PLAN DE ALFABETIZACION TECNOLOGICA)

-. GUIAS DE COMPUTACION

-. ROTAFOLIOS (PLAN B)


-. GRUPO N°01

-. COMUNIDAD PARTICIPANTE

-. TUTORA ACADEMICA:
 MSc. Carmen Díaz

-.TUTOR TECNICO:
Lic. Dey Rodríguez

-. TUTOR INSTITUCIONAL:
Yuli Rivas

-. ASISTENTE TECNICO:
Ismari Gil






PRESUPUESTO APROXIMADO DEL PROYECTO

PERSONAL
EQUIPOS

INCENTIVO LABORAL:
600, °°Bsf por cada Alfabetizador.




TOTAL: 3000,°°Bsf
15 computadoras
        3.660,°°BsfC/U
TOTAL: 54.900,°°Bsf
IMPRESORA: 850,°°Bsf
CARTUCHOS:
COLOR: 200,°°Bsf
NEGRO180,°°Bsf
TOTAL:56.130,°°Bsf

TOTAL: 59.130,°°Bsf


DURACION DEL PROYECTO

Nº DE SEMANAS
Nº DE DIAS
Nº DE HORAS SEMANALES
DURACION DE HORA SEMANAL
Nº DE BENEFICIARIOS


02 SEMANAS




10 DIAS


10 HORAS SEMANALES






15 ESPERERADOS BENEFICIADOS